
Comentario de MAITREYA RAEL:
“El Consejo de Europa se ha pronunciado sobre la prohibición de la vacunación obligatoria y las discriminaciones basadas en la vacuna. Toda obligación de vacunación es ahora ilegal por defecto. El Consejo de Europa (que no debe confundirse con la UE), al que pertenecen todos los estados europeos excepto Bielorrusia, Kosovo y el Vaticano y que es el patrocinador del Tribunal europeo de Derechos Humanos, decidió el 27/01/2021, en su resolución 2361/2021, entre otros, que nadie puede ser vacunado contra su voluntad, bajo presión. Los 47 Estados miembros fueron invitados a indicar antes de la vacunación, que la vacunación no es obligatoria y que las personas no vacunadas no deben ser discriminadas. La discriminación también está expresamente prohibida en casos de riesgos sanitarios existentes, o si una persona no desea ser vacunada. Los fabricantes de vacunas deben publicar toda la información sobre la seguridad de las vacunas. Con esta resolución, la organización más importante de defensa de los derechos humanos en Europa, ahora ha establecido normas y obligaciones, así como también ha creado directrices conforme al derecho internacional, que deben ser aplicadas por los 47 estados miembros, incluida la UE como organización. Las discriminaciones, por ejemplo, en el lugar de trabajo o las prohibiciones de viaje para personas no vacunadas, están legalmente excluidas. En cualquier procedimiento judicial, contra toda autoridad, todo empleador, todo proveedor de viajes, toda ama de llaves, etc.
Versión francesa: (enlace)
Ver particularmente:
7.3,
7.4
y el 7.5.2: “utilizar los certificados de vacunación únicamente con el objetivo designado de vigilar la eficacia de la vacuna, los efectos secundarios potenciales y los efectos indeseables;” “

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